Los trabajadores en relación de dependencia y de temporada, titulares de la Prestación por Desempleo, de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo y de una Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra pueden acceder al cobro de la Asignación Familiar por Matrimonio, por única vez, a partir de los 2 meses y hasta los 2 años posteriores a la fecha del casamiento.
El trámite puede realizarse a través del sistema de Atención Virtual. Para ello, es necesario que los datos del grupo familiar, matrimonio, domicilio y contacto estén registrados y actualizados en ANSeS. También es posible efectuarlo en una oficina del organismo con turno previo.
Es importante tener en cuenta que para solicitar esta asignación, los ingresos de la pareja y de cada uno de sus integrantes no deben superar los topes máximos vigentes.
Para más información, consultar aquí.
![Cómo tramitar la asignación por matrimonio en ANSeS](https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjoqkSs2ww9aiL4VtWp6Wl2bC_Q46xbFH_KoBRVn5rcwelisDWFyXUDbbAYQX2whkUnv3PAV53K2n5ZLOCqLy57p_DJVMA1KsqI5EUBJVDO-S4Us3oEVfQxPx6MScrABxtEsGZDHIfXBRQIsnYCLkxN21XCZj4L26yQbyiGebjsuGZHchMQOgjkdXP6Xw/s72-c/logoANSeSQH.png)